A continuación, se mencionarán las razones por las cuales se efectúa devolución de documentos:
Solicitud de anotación incompleta:
- El Jefe de la unidad de personal o quien haga sus veces, solicita anotaciones en el RPCA, presentando documentos diferentes a los establecidos en la Circular No. 03 de 2016.
Anotación ya realizada:
- Sí en los documentos aportados en la solicitud se evidencia que corresponden a la última anotación registrada.
Sin respuesta a previo requerimiento de documentos:
- Del análisis de los documentos allegados a la CNSC sobre la anotación en el RPCA de un servidor público, se evidencia la ausencia de documentos que no permiten resolver de fondo, por lo que se procede a requerir la información faltante; sí pasado el tiempo estipulado para contestar a la solicitud, la documentación no fue allegada, se procederá a efectuar la devolución del trámite.
Tipo pregunta
Opciones
Procedimientos