Las solicitudes de anotación en el RPCA están sujetas al análisis de la situación que dio lugar a la superación del periodo de prueba y a la movilidad laboral, verificando que estas se hubiesen efectuado conforme a los parámetros legales establecidos; en virtud a lo anterior, la CNSC puede negar solicitudes de inscripción y actualización en el RPCA a servidores públicos de conformidad a lo señalado en el artículo 2.2.7.6. del Decreto No. 1083 de 2015.
Los casos en los cuales se resuelve negando las solicitudes de anotación, se detallan a continuación:
- Inscripción y actualización por ascenso: Debido a que la adquisición de derechos de carrera administrativa no cumple con los lineamientos establecidos en la norma de carrera vigentes para la época.
- Actualización por incorporación: Esta decisión deriva del análisis de equivalencia entre los empleos objeto de estudio, e
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Situaciones Administrativas