Si. Los servidores que desempeñen empleos temporales deberán ser evaluados en el cumplimiento de las metas del proyecto o actividades que dieron lugar a Ia creación de estos de acuerdo con la evaluación que se establezca para el efecto por parte de la entidad nominadora.
De otro lado, las entidades públicas a efectos de evaluar el desempeño de los servidores de carrera que en calidad de encargo desempeñan empleos temporales, deberán utilizar los mismos instrumentos de evaluación definidos para los empleados con derechos de carrera.
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