Se informa que el JUZGADO 19 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÀ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MYRIAM JANETH CEBALLOS FIESCO, bajo el número de Radicación 2022-00139, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos en mención y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial
Adjunto | Tamaño |
---|---|
2022-139_auto.pdf | 119.86 KB |
demanda_16_5.pdf | 327.19 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CAMILO ANDRES HUERTAS GIL, bajo el número de Radicación 2022-00061, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que todos los elegibles del proceso de selección de la referencia al empleo Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 08, identificado con el Código OPEC No. 106348 y terceros interesados conozcan lo aquí resuelto, y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial en mención.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
fallo1rainstancia.pdf | 536.44 KB |
Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE SAN VICENTE DE CHUCURÍ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DIANA ISABEL SANCHEZ, bajo el número de Radicación 2022-00078, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos en mención y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
oficionotificaautoadmisorio.pdf | 67.13 KB |
001escritotutela.pdf | 186.66 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO (2°) PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCION DE CONOCIMIENTO BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA LILIANA SALAMANCA FIGUEROA, bajo el número de Radicación 2022-00170, ordenó a la CNSC publicar el Fallo de tutela de primera instancia, en la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 631 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que todos los elegibles del proceso de selección de la DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICIA NACIONAL, OPEC 74907, empleo: PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA, grado 22 y código 3-1 y terceros interesados conozcan lo aquí resuelto, y puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial en mención.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
fallo1instancia.pdf | 396.85 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DE PEREIRA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por JOSE AGAPITO FERRER CARRILLO, bajo el número de Radicación 2022-00034, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por JOSE AGAPITO FERRER CARRILLO, contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC) y la ARMADA NACIONAL.
se ordena a las entidades Armada Nacional de Colombia y Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), publicar esta providencia, así como escrito de tutela en su página web oficial, de manera visible, previniendo a dichas entidades que deberán enterar el contenido del auto admisorio y escrito de tutela, a los correos electrónicos de los integrantes de la lista de elegibles del cargo identificado con el número de Oferta Pública 84773.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
escritotutela_jose_agapito_ferrer_carrillo.pdf | 226.02 KB |
admitetutela_jose_agapito_ferrer_carrillo.pdf | 79.67 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANA PAOLA BARRETO ALFARO, bajo el número de Radicación 2022-00021, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 631 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos para el cargo PROFESIONAL DE SEGURIDAD O DEFENSA grado: 19 código: 3-1 número OPEC: 74987 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
15autovinculaterceroyrequiere202200021.pdf | 322.14 KB |
02escritotutela-12-1-8.pdf | 603.41 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE YOPAL, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SONIA DEL PILAR CETINA MOJICA, bajo el número de Radicación 2022-00018, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos del cargo AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA ? GRADO 08 ? CODIGO 6-1 ? OPEC 106632 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial, en el termino de (2) días.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
01_demanda-1-10.pdf | 1.46 MB |
admisio769n_2022-018.pdf | 436.71 KB |
Se informa que el JUZGADO TREINTA Y SEIS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA RENGIFO CASTILLO, bajo el número de Radicación 2022-00239, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE a todos los aspirantes al cargo de técnico para apoyo de seguridad y defensa, código 5-1, grado 18, proceso de selección No. 632 de 2018 Dirección General Policía Nacional y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
tutela_martha_rengifo_castillo.pdf | 1.44 MB |
auto_admisorio_martha_rengifo_castillo.pdf | 27.4 KB |
auto_vinculacion_martha_rengifo_castillo.pdf | 36.67 KB |
Se informa que el JUZGADO ONCE PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BUCARAMANGA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARTHA LILIANA GOMEZ DOMINGUEZ,, bajo el número de Radicación 2022-00037, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 de 2018 - Sector Defensa, con el con el fin de VINCULAR a los aspirantes de la OPEC 75105 correspondiente al empleo denominado TECNICO DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 5-1, Grado 26, perteneciente al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la DIRECCIÓN DE SANIDAD POLICÍA NACIONAL - DISAN, Proceso de selección No. 631 de 2018 ? Sector Defensa, de cara a que se pronuncien, si a bien lo tienen, sobre los hechos y anexos que acá se exponen. Igualmente, esta publicación, va dirigida a todos los que les asista interés en el presente trámite constitucional para que remitan al Despacho las consideraciones que consideren pertinentes.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
admitemarthagomez.pdf | 259.96 KB |
vinculamarthagomez.pdf | 72.03 KB |
tutelamarthagomez.pdf | 158.69 KB |
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por HERNAN DARIO SILVA RUIZ, bajo el número de Radicación 2021-00385, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección ESPECIALMENTE las personas que conforman la Lista de Elegibles del empleo denominado AUXILIAR DE SERVICIOS, DE INTELIGENCIA O DE POLICIA JUDICIAL O AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA, Código 6-1, Grado 36, identificado con el Código OPEC No. 83944, PROCESO DE SELECCIÓN No. 638 de 2018 ? HOSPITAL MILITAR CENTRAL y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
tutela_hernan_dario_silva_ruiz.pdf | 931.51 KB |
auto_admisorio_hernan_dario_silva_ruiz.pdf | 214 KB |
Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ANGIE LORENA NUÑEZ ROJAS, bajo el número de Radicación 2022-00186, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes del concurso de méritos del cargo denominado técnico de servicios, de inteligencia o de policía judicial o técnico para apoyo de seguridad y defensa, Código 5-1, Grado 28, identificado con el Código OPEC No. 78849 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
01escritotutela-18-1-19.pdf | 317.69 KB |
04autoavocatutelamedidaprovisional.pdf | 309.3 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA ORAL DE NEIVA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por ANA DEL PILAR TEJADA CASTRO, bajo el número de Radicación 2022-00202, Resolvió:
PRIMERO: NO TUTELAR los derechos de invocados de ?acceso a la carrera administrativa por mérito, al trabajo en condiciones dignas, igualdad y debido proceso administrativo? por las razones esbozadas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: AMPARAR el Derecho Fundamental de Petición invocado por la señora Ana Del Pilar Tejada Castro.
En consecuencia
a) ORDÉNASE a la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, si aún no lo han hecho, proceda en el término de cuarenta (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, a dar respuesta a dar respuesta de fondo, efectiva, clara, precisa y de manera congruente con relación a la petición presentada el 5 de mayo por la señora Ana Del Pilar Tejada Castro, mediante la cual solicitó, entre otros, ?realizar a la mayor brevedad posible la solicitud de autorización de uso de la lista de elegibles ? segundo puesto ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, recordándole a la CNSC la importancia de la agilidad en su respuesta y/o autorización en este caso concreto, teniendo en cuenta que dicha lista solo tiene vigencia de un (1) año y así mismo, se le informara oportunamente del envío de dicha solicitud la Comisión y la respuesta dada por ésta?.
b) ORDÈNASE a la Comisión Nacional del Servicio Civil, si aún no lo han hecho, proceda en el término de cuarenta (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, a dar respuesta a dar respuesta de fondo, efectiva, clara, precisa y de manera congruente con relación a la petición elevada por la accionante el 6 de mayo, a través de la cual solicita se le informe: i) la vigencia de la Lista de Elegibles, ii) si DISAN PONAL debía solicitar a esa Comisión autorización de uso de la lista de elegibles para realizar el estudio de seguridad y demás trámites con el segundo puesto de la lista, iii) qué plazo tiene dicha entidad para solicitar a la Comisión esa autorización, iv) qué plazo tiene la entidad para la realización del estudio de seguridad y v) qué acto administrativo es el que debe proferirse dentro del tiempo la vigencia de la lista de elegibles.?
Adjunto | Tamaño |
---|---|
fallo_ana_del_pilar_tejada_castro.pdf | 343.47 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO PENAL DEL CIRCUITO PARA ADOLESCENTES CON FUNCIÓN DE CONOCIMIENTO DE TUNJA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por CAMILO ANDRES HUERTAS GIL, bajo el número de Radicación 2022-00061, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 637 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección inscritos para el empleo Auxiliar Para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 08, OPEC No. 106348 y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial, en el termino de (2) días
Adjunto | Tamaño |
---|---|
03_tutela-1-6.pdf | 126.96 KB |
notificacion_auto.pdf | 153.13 KB |
Se informa que el JUZGADO VEINTIDOS (22) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DÉBORA FAJARDO FAJARDO, bajo el número de Radicación 2022-181, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de notificar a los aspirantes al convocatoria proceso de selección 624 a 638, 980 y 981 de 2018 sector Defensa, para la cual se expidió el acuerdo NO CNSC ? 20191000002506DEL 23 de abril de 2019, por el cual se establecen las reglas del primer concurso abierto de méritos para proveer de manera definitiva los empleos vacantes de la planta de personal perteneciente al Sistema Especial del Carrera Administrativa del EJÉRCITO NACIONAL, proceso de selección No 637 de 2018 del sector defensa, suscrito entre la Comisión Nacional del Servicio Civil, para que, si lo consideran pertinente, expresen su interés dentro de este trámite constitucional.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
tuteladeborafajardo.pdf | 187.71 KB |
admitedeborafajardo.pdf | 243.79 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE VALLEDUPAR, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por KEYDIS JOHANA RODRIGUEZ MUÑOZ, bajo el número de Radicación 2022-00162, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela formulada por la señora LEIDY LISSETH GOMEZ CHAPID, frente a los derechos fundamentales a la DIGNIDAD HUMANA, la IGUALDAD, el TRABAJO, el DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO, el ACCESO A CARGOS Y FUNCIONES PÚBLICAS, al MÍNIMO VITAL y SEGURIDAD SOCIAL, por las razones que se han expuesto en la parte considerativa de este fallo.
SEGUNDO: TUTELAR el derecho fundamental de PETICIÓN, a la señora LEIDY LISSETH GOMEZ CHAPID, de conformidad con las consideraciones realizadas en precedencia.
TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL- CNSC, que a través de su representante legal o quien haga sus veces, dentro del término de CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia, de respuesta de fondo a los numerales 2, 4 y 5 de la petición formulada por la actora, la cual le fue remitida mediante oficio del 03 de febrero de 2022, en los términos establecidos legal y jurisprudencialmente.
SEXTO: ORDENAR a LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - CNSC, que de manera inmediata publique en su página web, la decisión adoptada en la presente providencia, con el fin de notificar la misma, a las PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS LISTAS DE ELEGIBLES PARA PROVEER LA VACANTE DEFINITIVA DEL EMPLEO DENOMINADO AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA CODIGO 6-1, GRADO 8 y 9, IDENTIFICADOS CON CODIGO OPEC №. 106151 y 106164 DEL PROCESO DE SELECCIÓN №. 637 DE 2018 DEL EJERCITO NACIONAL.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
fallo_leidy_lisseth_gomez_chapid.pdf | 242.35 KB |
Se informa que el JUZGADO 48 PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por DANIEL ARTURO GONZALEZ HURTADO, bajo el número de Radicación 2022-0141-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
escritodetutela_danielarturogonzalezhurtado.pdf | 493.12 KB |
autonotifica_danielarturogonzalezhurtado.pdf | 58.04 KB |
Se informa que el JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE ARAUCA, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por FRANCISCO ANDRES VERA SOTO, bajo el número de Radicación 2022-00491, Resolvió: ADMITIR la acción de tutela instaurada por FRANCISCO ANDRES VERA SOTO, contra el Ministerio de Defensa ? Ejército Nacional ? COPER y la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC.
Ordénese a la CNSC y al Ejército Nacional que en el plazo de 1 día publiquen en sus páginas web la presente decisión y el escrito de tutela instaurada, para que todos los interesados tengan conocimiento sobre el asunto. Proceso de Selección 624 AL 638 - 980 Y 981 DE 2018-SECTOR DEFENSA.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
escritotutela_francisco_andres_vera_soto.pdf | 583.45 KB |
admitetutela_francisco_andres_vera_soto.pdf | 139.97 KB |
Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO TULUÁ VALLE DEL CAUCA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARISOL SALAZAR FERNÁNDEZ, bajo el número de Radicación 2022-00055, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018 - Sector Defensa, con el propósito de que quien tenga interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
03acciontutela-2-1-11.pdf | 6.84 MB |
11autoadmisorio2022055.pdf | 147.33 KB |
Se informa que el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO MONTERÍA ? CÓRDOB, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por BENJAMIN ADOLFO ALVAREZ VEGAS, bajo el número de Radicación 2022-00145-00, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 624 al 638 y 980 a 981 de 2018-Sector Defensa, con el propósito de que los aspirantes a la convocatoria en el proceso de selección, las personas que participan en la DIRECCION DE SANIDAD POLICIA NACIONAL, cargo profesional en seguridad o defensa, código 3-1 grado 7 OPEC 74869, según Acuerdo
No. 20181000009096 de 26 de diciembre de 2018 de la CNSC y en general quienes tengan interés en la presente Acción de Tutela puedan ejercer su derecho de contradicción, si a bien lo tienen a través del despacho judicial.
Adjunto | Tamaño |
---|---|
escritodetutela_benjaminadolfoalvarezvega.pdf | 3.6 MB |
autoadmisorio_benjaminadolfoalvarezvega.pdf | 303.06 KB |
Se informa que el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO DE VALLEDUPAR, en conocimiento, de la acción de tutela, instaurada por KEYDIS JOHANA RODRIGUEZ MUÑOZ, bajo el número de Radicación 2022-00162, Resolvió: PRIMERO: Conceder el amparo constitucional de tutela de los derechos fundamentales al debido proceso y derecho de acceso a cargos públicos a la señora KEYDIS JOHANA RODRÍGUEZ MUÑOZ, de conformidad a lo expuesto en la parte considerativa de este fallo.
SEGUNDO: ORDENAR al Representante Legal y/o Director de EJERCITO NACIONAL y/o a quien haga sus veces de acuerdo a las competencias que para tal efecto contemple la entidad; que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo de tutela, si aún no lo hubiere hecho, proceda a nombrar y posesionar en período de prueba a la señora KEYDIS JOHANA RODRIGUEZ MUÑOZ, en el cargo denominado Auxiliar para Apoyo de Seguridad y Defensa, Código 6-1, Grado 9, identificado con el Código OPEC No. 106411, proceso de selección no. 637 de 2018 - Ejército Nacional adoptada mediante Acuerdo No. 20191000002506 de 23 de abril de 2019 realizando los trámites administrativos pertinentes para que se dé cumplimiento a lo ordenado en la Ley, solo si no existen situaciones especiales (protección constitucional por ser sujeto de especial protección estatal), con quien funge en la actualidad el empleo interesado; que ameriten un estudio especial del caso en particular.
TERCERO: ORDENAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil CNSC, para que al recibo de esta comunicación PUBLIQUEN en su página Web la presente providencia
Adjunto | Tamaño |
---|---|
fallo_keydis_johana_rodriguez_munoz.pdf | 481.96 KB |