Mediante decisión de Sala Plena, realizada el pasado martes 21 de abril, se aprobó el concepto sobre la utilización de medios electrónicos para la elección en forma virtual de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal.
Bogotá, 23 de abril de 2020. En el documento, se explica que las entidades públicas pueden utilizar medios electrónicos para realizar de forma virtual la jornada de votación de la elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal, toda vez que el fin de este procedimiento es lograr la conformación de dicho cuerpo colegiado.
Para lo anterior, la entidad deberá al menos:
· Identificar los servidores que se encuentran habilitados para votar.
· Señalar la fecha en que se realizará la jornada virtual de votación.
· Hacer el escrutinio y la declaratoria virtual de la elección.
· Dejar trazabilidad de todo el proceso.
Asimismo, la entidad debe establecer mecanismos idóneos de seguridad, control y auditoría de la información que garanticen la publicidad, participación, transparencia, así como la veracidad del proceso electoral.
Para mayor información se puede consultar el Concepto en el siguiente enlace: https://www.cnsc.gov.co/index.php/criterios-y-doctrina/criterios-unificados/comisiones-de-personal-cd
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