Descripción del proceso
La Comisión Nacional del Servicio Civil en conjunto con El Ministerio del Trabajo les anuncia que se están ofertando 1.300 vacantes, correspondientes a 241 empleos, respecto al Proceso de Selección del Ministerio del Trabajo. Las vacantes ofertadas son en modalidades de Ascenso y Abierto para los Niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial de los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema Especifico de Carrera Administrativa de la planta de personal de la entidad.
Generalidades del Proceso
La Comisión Nacional del Servicio Civil —CNSC— oferta 1.300 vacantes para ingresar como servidor de carrera administrativa en el Ministerio del Trabajo.
Las inscripciones y venta de derechos de participación para este proceso se llevarán a cabo a través del Sistema para el Mérito y la Oportunidad —SIMO— de la CNSC https://simo.cnsc.gov.co/ en las siguientes fechas:
- Modalidad abierto: del 1 de octubre al 3 de noviembre.
- Modalidad ascenso: del 8 de octubre al 17 de octubre.
Costo de los Derechos de Participación:
- Nivel Asistencial – Nivel Técnico: $43.350
- Nivel Asesor – Profesional: $65.000
- Puedes pagar este valor en línea a través de SIMO en el Botón Bancolombia o PSE, o imprimiendo el recibo de pago para pagar en una sucursal bancaria o corresponsal de Bancolombia.
- Puedes inscribirte solo a un (1) empleo dentro del proceso de selección.
Si deseas obtener información completa sobre el proceso, los requisitos y las normas para participar, te recomendamos revisar el acuerdo, el anexo. En estos documentos se establecen las especificaciones técnicas de cada vacante según su modalidad y nivel. Esta información se encuentra en la página web de la CNSC, sección - Procesos en desarrollo – Ministerio del Trabajo - Normatividad: https://historico.cnsc.gov.co/index.php/ministerio-del-trabajo-normatividad
Requisitos generales
Tenga presente los siguientes requisitos generales para participar en el Proceso de Selección en la modalidad de Ascenso:
- Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
- Registrarse en el SIMO.
- Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
- Ser servidor público con derechos de carrera administrativa en la entidad que oferta el respectivo empleo en esta modalidad, condición que debe mantener durante todo el proceso de selección.
- Presentar cumplidamente, en las fechas establecidas por la CNSC, las diferentes pruebas y demás actividades previstas para este proceso de selección.
- Inscribirse en un empleo que represente “Ascenso” en términos del Nivel Jerárquico y/o grado y/o salario.
- Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, los cuales se encuentran establecidos en el MEFCL vigente de la entidad que lo oferta, con base en el cual se realiza este proceso de selección, trascritos en la correspondiente OPEC.
- No encontrarse incurso en causales constitucionales y/o legales de inhabilidad, incompatibilidad, conflicto de intereses o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
- No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
- Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.
Adicionalmente, son requisitos generales para participar en el Proceso de Selección en la modalidad de Abierto:
- Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
- Registrarse en el SIMO.
- Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
- Presentar cumplidamente, en las fechas establecidas por la CNSC, las diferentes pruebas y demás actividades previstas para este proceso de selección
- No estar inscrito para un empleo ofertado en este Proceso de Selección en la modalidad de Ascenso.
- Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, los cuales se encuentran establecidos en el MEFCL vigente de la entidad que lo ofrece, con base en el cual se realiza este proceso de selección, trascritos en la correspondiente OPEC.
- No encontrarse incurso en causales constitucionales y/o legales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
- No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
- Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.
Estimado ciudadano, La Comisión Nacional del Servicio Civil ha dispuesto un aplicativo denominado SIMO, disponible también en versión móvil, solo para dispositivos Android, que permite el registro de la ciudadanía para su participación en un concurso de méritos.
Para ser aspirante en un proceso de selección, deberás seguir los siguientes pasos:
- Ingresa a SIMO a través de la página web www.cnsc.gov.co o a https://simo.cnsc.gov.co/, o descarga la app en Google Store (solo dispositivos Android)
- Crea el perfil, definiendo el usuario y contraseña, con los que ingresarás cada vez que quieras actualizar información, consultar o inscribirte a los procesos de selección.
- En el menú lateral izquierdo, encuentras la OPEC, en la que están los empleos disponibles de tu interés, ya sea por proceso de selección, entidad, ubicación o salario. Consulta en este video cómo hacerlo: https://youtu.be/eUXYuGCV3ss
- Puedes ampliar la información de cada empleo, revisando el propósito de las funciones, los requisitos y las vacantes disponibles. Así, estarás seguro de que es posible aplicar a este trabajo. El ícono en forma de corazón te permitirá guardar el empleo como favorito, haciendo que este aparezca en el panel de control de tu cuenta y no tendrás que buscarlo de nuevo.
¿Cómo participar?
No, de conformidad con lo establecido por el numeral 3.1.2.1. del Anexo del Acuerdo No. 08 de 2022 y su modificatorio, los Estudios se acreditarán mediante la presentación de certificaciones, diplomas, actas de grado o títulos otorgados por las instituciones correspondientes. Las certificaciones de Estudios deben contar con las firmas, sellos o códigos de verificación que garanticen su veracidad.
Por otro lado, con relación a los títulos y certificados obtenidos en el exterior, requerirán para su validez estar apostillados o legalizados y traducidos por un traductor certificado al idioma español.
La expresión “Título de postgrado relacionado con las funciones del empleo” implica que debe existir una relación directa entre el propósito y las funciones misionales del empleo con el título de postgrado con el cual usted pretende acreditar el requisito.
Por ejemplo:
Si un aspirante cuenta con una “Especialización en Gerencia de Proyectos” podría considerarse que su título se relaciona con empleos cuyas funciones sean afines a la planeación, ejecución, operación y evaluación de Proyectos.
El documento que debe aportar el aspirante para acreditar el requisito de estudio depende del requisito mínimo solicitado en el MERF.
Si el aspirante cuenta con una profesión, puede acreditar el requisito de estudio con cualquiera de los siguientes documentos: acta de grado, diploma, tarjeta profesional o certificación que acredite la condición de graduado. En caso que el aspirante aún se encuentre cursando un programa académico, deberá aportar un certificado de estudios de los semestres o años cursados y aprobados. El certificado será válido siempre y cuando los años o semestres cursados y aprobados correspondan a lo requerido por el MERF. En dicho caso, no podrá postularse a empleos que requieran de la acreditación de un título académico.
Radicación de solicitudes DIAN
Apreciado (a) aspirante, para radicar una PQRS debe seleccionar en el formulario las siguientes opciones: Tipo de trámite: PETICIÓN - Tipo de solicitud: PETICIÓN - Tema: OTRO - Subtema: OTRO; además en el asunto de su solicitud debe registrar PROCESO DE SELECCIÓN DIAN.
Ir al aplicativo de radicación de peticionesRadicación de solicitudes DIAN
¿Por qué los Exámenes Médicos y de Aptitudes Psicofísicas deben ser pagados por el aspirante?
De conformidad con lo previsto en el Parágrafo 2° del artículo 2.2.18.6.1 del Decreto 1083 de 2015 sustituido por el artículo 3° del Decreto 770 de 2021, el costo de los exámenes médicos como requisito habilitante para los procesos de selección son a cargo de los aspirantes, disposición que señala:
“PARÁGRAFO 2. Los exámenes médicos y de aptitudes psicofísicas establecidos en el literal b) del numeral 28.3 del artículo 28 del Decreto Ley 071 de 2020, tienen por finalidad la acreditación por parte del aspirante de las cualidades físicas y psicológicas que se requieren para el desempeño del cargo y se conforman de: (i) valoración médica de aptitud física, y (ii) la evaluación de personalidad del aspirante, su aprobación es condición para integrar la lista de elegibles y el costo de este requisito habilitante estará a cargo de los aspirantes.”
¿Por qué hay que aplicar exámenes médicos y no validan los periódicos anuales que nos realizan en la DIAN?
La aplicación de los Exámenes Médicos y de Aptitudes Psicofísicas se realizan de manera obligatoria a los aspirantes que pretendan integrar una lista de elegibles, con el fin de acreditar las cualidades físicas y psicológicas que se requieren para el desempeño en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo al que aspira; su aprobación es condición para integrar las Listas de Elegibles. Las Evaluaciones Médicas Ocupacionales Periódicas, no pueden validarse, dado que no hacen parte del Proceso de Selección. Dichas evaluaciones se realizan de manera periódica a los servidores públicos que ocupan un empleo y su finalidad es monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o la exposición al medio ambiente de trabajo. Así mismo, detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo.
¿Qué significa "la aprobación de los exámenes médicos? (...)"¿estos se pueden improbar y causar la exclusión del Proceso de Selección?
Los Exámenes Médicos y de Aptitudes Psicofísicas deben aprobarse por el aspirante de conformidad con lo establecido en el liberal b del numeral 28.3 del artículo 28 del Decreto Ley 071 de 2020, el cual dispuso lo siguiente:
Aplicación y evaluación de las pruebas de selección.
(…)b) Tendrá el derecho a integrar la lista de elegibles y a ser nombrado en la vacante convocada quien obtenga un puntaje total aprobatorio que, en ningún caso, sea inferior al setenta por ciento (70%) del máximo posible en el concurso, y quien haya aprobado los exámenes médicos y de aptitudes psicofísicas. Sin perjuicio de lo anterior, la convocatoria podrá establecer un puntaje total aprobatorio superior.
(…) (Subraya fuera de texto).
Adicionalmente tenga en cuenta lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo del Proceso de Selección, el cual dispone:
ARTÍCULO 7. REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN Y CAUSALES DE EXCLUSIÓN
(…)
Son causales de exclusión de este proceso de selección:
(…)
No aprobar los Exámenes Médicos y de Aptitudes Psicofísicas a los que se refiere el Parágrafo 2 del artículo 2.2.18.6.1 del Decreto 1083 de 2015, sustituido por el artículo 3 del Decreto 770 de 2021.
(…)
Más información
Consulte a continuación más documentos de apoyo e información sobre el proceso de selección:
¿Cómo participar?
Después de tu registro en SIMO y antes de realizar tu inscripción:
- Lee detenidamente los acuerdos y el anexo del proceso para conocer los requisitos y reglas de participación, así como el que corresponda al Ministerio de Trabajo ubicado en la ciudad o departamento de tu interés (publicados en la web de la CNSC ).
- Ingresa a SIMO e identifica el empleo de tu preferencia consultando la OPEC y verifica con la debida anticipación que cumples por lo menos con los requisitos mínimos respecto al trabajo de tu interés, comparando los documentos que cargaste en SIMO respecto a las condiciones de la OPEC.
- El ícono en forma de corazón te permitirá guardar el empleo como favorito, haciendo que este aparezca en el panel de control de tu cuenta y no tendrás que buscarlo de nuevo.
- Finaliza tu preinscripción guardando o confirmando el empleo seleccionado. Así se habilitará la opción de pago de los derechos de participación.
- Selecciona el método de pago (*) y haz un único pago de los derechos de participación para el empleo seleccionado (solo puedes aplicar a un (1) empleo por proceso de selección).
Métodos de pago habilitados:
-
- Botón PSE o Bancolombia para pagos en línea (inmediatamente realices el pago puedes inscribirse en el empleo escogido)
- Pagar físicamente en el banco. Cliquea en el botón “Consignar en banco” y el sistema te generará el recibo que deberás imprimir, para acercarte a la sucursal bancaria (Bancolombia o Corresponsal Bancolombia). Luego de 24 horas de haber pagado, podrás inscribirte en el empleo escogido.
Para formalizar tu inscripción presiona el botón “Confirmar empleo”, y descarga la constancia de tu inscripción.
Información ilustrativa
Etapas del Concurso o Proceso
La planeación es un trabajo colaborativo y concertado entre la CNSC y las entidades que ofrecen las vacantes, con el fin de identificar las necesidades, los requisitos y reglas de participación. En ese marco, la CNSC trabajó de la mano del Ministerio de Trabajo, con quien se suscribieron los acuerdos y anexos de la convocatoria. Estos fueron documentos en los que se definen las reglas de los Proceso de Selección Ascenso y Abierto, para proveer las vacantes definitivas de empleos pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Ministerio del Trabajo, con base en la siguiente normatividad:
- Ley 909 de 2004.
- Decreto Ley 760 de 2005.
- Decreto 785 de 2005.
- Decreto 1083 de 2015 y sus modificaciones.
- Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales Vigente, elaborado junto con el Ministerio del Trabajo.
Durante la planeación se define a su vez la OPEC, la cual es un listado donde se encuentran las vacantes definitivas que requiere cubrir una entidad. Esta se consolida a partir de los manuales de funciones y competencia laborales de los empleos que conforman la planta de personal y que han sido reportados con ofertas por parte de cada institución ante la CNSC.
En la OPEC, se publica la información relacionada con:
- El nivel, la denominación, el grado y la asignación salarial de cada empleo.
- El propósito y las funciones del empleo.
- Los requisitos de estudio, experiencia y las alternativas.
- La dependencia, el municipio donde se ubica el cargo y el número de vacantes del empleo a proveer.
De esta manera, la OPEC hace parte integral de cada convocatoria, y su función es exponer cuáles son los empleos a proveer y cuáles son las exigencias de estos.
La estructura del proceso de selección en la fase de ejecución incluye las siguientes actividades:
- Registro en SIMO.
- Divulgación del proceso de selección.
- Inscripciones y venta de derechos de participación.
- Verificación de requisitos mínimos.
- Aplicación de pruebas.
- Presentación de las listas de elegibles.
- Periodo de prueba.
Registro en SIMO
A través de EL Sistema de apoyo para la igualdad el mérito y la oportunidad - SIMO la ciudadanía registra su participación en un concurso de méritos mediante el diligenciamiento de los datos personales, el cargue de documentos y soportes que acrediten tu educación y experiencia. Para más información consulta el siguiente video tutorial: https://youtu.be/5sPl0daJLgc
¿En qué consiste la divulgación del proceso de selección?
En esta etapa se publican todos los acuerdos y anexos del proceso de selección, a través de la página web www.cnsc.gov.co y en las páginas oficiales del ministerio del trabajo, Departamento Administrativo de la Función Pública —DAFP—, que indican las reglas y requisitos de participación de este proceso de selección, se encuentran publicados en https://historico.cnsc.gov.co/index.php/ministerio-del-trabajo-normatividad.
De igual forma, la CNSC publica permanentemente toda la información de los procesos de selección en sus medios oficiales, como la página web, el informativo CNSC Al Día y en las redes sociales, que puedes seguir a través de los siguientes usuarios:
- Twitter: @CNSCColombia.
- Facebook: @CNSCColombia.
- YouTube: CNSC Colombia.
- LinkedIn: Comisión Nacional del Servicio Civil.
- Instagram: cnsccolombia.
Inscripciones y venta de derechos de participación
Insertar imagen de proceso de inscripción
Verificación de requisitos mínimos
- No es una prueba ni un instrumento de selección. Es una condición obligatoria de orden Constitucional y Legal, que, de no cumplirse, genera el retiro del aspirante en cualquier etapa del proceso de selección.
- Consiste en la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos exigidos en el MEFCL, transcrito a la OPEC para el empleo ofertado en el proceso de selección.
- Para esto, se tiene en cuenta los documentos aportados por los aspirantes.
- Los candidatos que acrediten cumplir con estos requisitos serán admitidos al proceso de selección y quienes no, serán inadmitidos y no podrán continuar en este.
Aplicación de pruebas
Las pruebas son instrumentos de selección que buscan evaluar la capacidad, idoneidad y adecuación de los aspirantes y clasificarlos. Estás se relacionan con las competencias y calidades requeridas para desempeñar con eficiencia las funciones y responsabilidades de un empleo.
En el Acuerdo de Convocatoria están los tipos de pruebas que se aplicarán en cada selección, así como su carácter (clasificatorio o eliminatorio), ponderación y los puntajes mínimos de aprobación.
Aplicación de pruebas escritas
Estas pruebas tratan sobre competencias laborales que pueden ser evaluadas mediante instrumentos adquiridos o construidos para tal fin.
En este proceso de selección se van a aplicar a todos los admitidos Pruebas Escritas para evaluar Competencias Funcionales y Comportamentales y, además, una Prueba de Ejecución a los admitidos a los empleos de Conductor Mecánico que superen la Prueba sobre Competencias Funcionales (que es Eliminatoria).
- La Prueba sobre Competencias Funcionales mide la capacidad de aplicación de conocimientos y otras capacidades y habilidades del aspirante, en un contexto laboral especifico, que le permitirán desempeñar con efectividad las funciones del empleo para el que concursa.
- La Prueba sobre Competencias Comportamentales mide las capacidades, habilidades, rasgos y actitudes del aspirante que potencializaran su desempeño laboral en el empleo para el que concursa, de conformidad con las disposiciones de los artículos 2.2.4.6 a 2.2.4.8 del Decreto 1083 de 2015, sustituidos por el articulo 1 del Decreto 815 de 2018.
- La Prueba de Ejecución (Cuando aplique) evalúa competencias específicas del aspirante mediante la observación de la ejecución que debe hacer de una serie de tareas propias del empleo por el cual se encuentra concursando.
Prueba de Valoración de Antecedentes.
Esta prueba se aplica solamente a los aspirantes admitidos a los empleos especificados en el artículo 16 del Acuerdo 20 del 16 de mayo del 2024 -Procesos de Selección Ministerio del Trabajo- que hayan superado la prueba eliminatoria, según las especificaciones técnicas definidas en los respectivos apartes del Anexo del presente Acuerdo.
Conformación de listas de elegibles
Las vacantes del empleo, objeto de la convocatoria, serán provistas a partir de quien ocupe el primer puesto en la lista, y en estricto orden descendente
“¿Cuál es la oferta pública de empleos de carrera para este proceso?
Se suscribió un Acuerdo con el Ministerio del Trabajo a nivel nacional por el cual se distribuyeron 1300 vacantes en 32 Ciudades y 3 Municipios del país, en las cuales se realizará la aplicación de Pruebas Escritas.
- Vacantes por cada ciudad a nivel Nacional:
DEPARTAMENTO |
VACANTES |
AMAZONAS |
4 |
ANTIOQUIA |
81 |
ARAUCA |
17 |
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA |
5 |
ATLÁNTICO |
33 |
BOGOTÁ D.C. |
520 |
BOLÍVAR |
24 |
BOYACÁ |
33 |
CALDAS |
23 |
CAQUETÁ |
8 |
CASANARE |
13 |
CAUCA |
21 |
CESAR |
34 |
CHOCÓ |
16 |
CÓRDOBA |
30 |
CUNDINAMARCA |
50 |
2 |
|
GUAVIARE |
4 |
HUILA |
18 |
LA GUAJIRA |
20 |
MAGDALENA |
27 |
META |
20 |
NARIÑO |
18 |
NORTE DE SANTANDER |
36 |
PUTUMAYO |
6 |
QUINDÍO |
18 |
RISARALDA |
33 |
SANTANDER |
62 |
SUCRE |
17 |
TOLIMA |
24 |
VALLE DEL CAUCA |
78 |
VAUPÉS |
2 |
VICHADA |
3 |
Funciones
Los concursos de mérito son el mecanismo creado por el Estado colombiano en los contextos nacional y territorial, para seleccionar, en igualdad de condiciones, a los ciudadanos y ciudadanas que ingresarán como servidores públicos en cargos definitivos de carrera administrativa de las entidades públicas.
Durante este proceso, se busca evaluar que los candidatos que van a ocupar las vacantes definitivas de una entidad tengan las habilidades, aptitudes y conocimientos requeridos para ejercer como servidores públicos.
Establece la Constitución, en su artículo 125, que “en ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar su nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o remoción”.
Así, a partir de la Constitución de 1991 y hasta la fecha, se designó como responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos a la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC). Esto con excepción de las carreras de carácter especial.
La CNSC, como entidad independiente, tiene la responsabilidad de gestionar todo el ciclo de los servidores públicos de carrera administrativa. Esto incluye el proceso de selección o concursos de méritos para su ingreso, la evaluación del desempeño laboral de aquellos que están en la carrera, así como la supervisión de las entidades públicas para garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de los empleados.
La CNSC, junto con las entidades responsables de los empleos que se convocan, establece las condiciones técnicas para el desarrollo de cada etapa del proceso de selección y posteriormente hace una amplia difusión por diferentes medios masivos, con fin de garantizar la libre concurrencia de todos los ciudadanos y ciudadanas en igualdad de condiciones.