Se informa que el JUZGADO CIVIL LABORAL DEL CIRCUITO DE MARINILLA en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por NORVEY ALEXANDER SANCHEZ VELASQUEZ, con radicado número 05440311200120230031100, Resolvió: PRIMERO: DENEGAR el amparo constitucional solicitado por el señor Norvey Alexander Sánchez Velásquez, identificado con la Cédula de Ciudadanía No.71.290.859, por no haberse acreditado la vulneración de sus derechos fundamentales conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión.
SEGUNDO: NOTIFICAR esta providencia a las partes por el medio más expedito y eficaz (Artículos 16 y 30 del Decreto 2591 de 1991 y artículo 5º del Decreto 306 de 1992).
TERCERO: SE REQUIERE a la Comisión Nacional del Servicio Civil ? CNSC ? y a la Secretaría de Educación del municipio de Envigado, Antioquia para que, de manera inmediata y una vez les sea notificada la presente sentencia de tutela, procedan a notificar del presente fallo de tutela a todas las personas que participan en los Procesos de Selección Nos.2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022 y 2406 de 2022 - Directivos Docentes y Docentes?, aplicando a la OPEC No.183616 denominado Docente Orientador, para la entidad ?Secretaría de Educación Municipio de Envigado?, insertando en sus respectivas páginas web oficiales.
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