Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD en el ejercicio de la acción de tutela No. 2024 00048, instaurada por ASTRID YANETH CÉSPEDES SUÁREZ, ordeno a la CNSC:
PRIMERO: DECLARASE IMPROCEDENTE el amparo invocado por la señora ASTRID YANETH CÉSPEDES SUÁREZ, frente a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, DIAN y la UNIVERSIDAD ÁREA ANDINA, para los derechos fundamentales que señaló, con base en las consideraciones expuestas.
SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes y vinculados tal como lo establece el artículo 30 Decreto 2591 de 1991, con la advertencia que esta sentencia podrá ser impugnada dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación. Si no fuere impugnada la decisión envíese a la Corte Constitucional para su eventual revisión en la forma prevenida en el Acuerdo PCSJA20-11594 del 13 de julio de 2020, del Consejo Superior de la Judicatura.
TERCERO: REQUIÉRASE la colaboración de la CNSC, para la notificación y comunicación de este fallo, a los integrantes del proceso de SELECCIÓN DIAN 2022 OPEC 198368, GESTOR I CÓDIGO DE EMPLEO 301, GRADO 01, en su página web, de lo que remitirá constancia al Juzgado.
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