Cumplimiento publicación tutela JOHN JAMES DE JESÚS SERNA HOYOS

Se informa que el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD POPAYÁN (CAUCA), en el ejercicio de la acción de tutela No. -2023-00206, instaurada por JOHN JAMES DE JESÚS SERNA HOYOS, ordeno a la CNSC:

Primero: DENEGAR POR IMPROCEDENTE la «2023-00206-00-ACCIÓN DE TUTELA» formulada por JOHN JAMES DE JESÚS SERNA HOYOS contra FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL«CNSC», de acuerdo con lo precisado la parte motiva de esta providencia.

Segundo: ORDENAR notificar el contenido de la presente decisión a las partes, de la forma más expedita y eficaz, de acuerdo con lo previsto por el art. 16 del Decreto 2591 de 1991.- LÍBRENSE oficios.

Tercero: DISPONER que, en el evento en que no sea impugnada esta decisión se remita el proceso a la Corte Constitucional, para su eventual revisión.-

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