Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE SAN GIL en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JOSSE ALEJANDRO FIGUEROA SERRANO, con radicado número 68679310400220240001400, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la presente acción de tutela, propuesta por JOSSE ALEJANDRO FIGUEROA SERRANO actuando en nombre propio contra la GOBERNACIÓN DE SANTANDER y la Comisión nacional del servicio civil de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
TERCERO: Notificar la presente sentencia conforme el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
CUARTO: De no ser impugnado el presente fallo, dentro de la oportunidad legal, remítase en el menor tiempo el expediente a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión.
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