Cumplimiento publicación tutela NORALBA MEZU PEÑA

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE JAMUNDÍ en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NORALBA MEZU PEÑA, con radicado número 76364400300320240035500, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela formulada por la señora NORALBA MEZU PEÑA, actuando en nombre propio, contra del MUNICIPIO DE JAMUND VALLE – SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL, según las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: DESVINCULAR del presente trámite constitucional a las entidades accionadas, SECRETARIA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL DE JAMUNDÍ, a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, al MINISTERIO DE TRABAJO, a COLPENSIONES, al EPS SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD SOS, a la INSTITUCION EDUCATIVA LUIS CARLOS VALENCIA y a los señores CARLOS AUGUSTO BURBANO MACÍAS, JUAN BAUTISTA PENAGOOS QUINTERO, JULIAN DAVID ANDRADE ROMERO, YEZID CARABALÍ CRUZ, CAROLINA MARMOLEJO CASTRO y IVAN RENE RENGIFO PAZ.
TERCERO: ORDENAR a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, con el objeto de dar publicidad a la presente sentencia de tutela, garantizando con ello el debido proceso y el derecho a la defensa a la totalidad de las personas relacionadas en la lista de elegibles para el empleo denominado AUXILIAR DE SERVVICIOS GENERALES, Código 470, Grado 2, identificado con el Código OPEC No. 190894, conforme a la Resolución 6169 de fecha 27 de febrero de 2024 - 2024RES-400.300.24-018961.
 

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