Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO DE TURBACO en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ELSY DE JESUS DEVOZ QUEZADA, con radicado número 13836310400220241003800, Resolvió: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela por no cumplirse el requisito de la SUBSIDIARIEDAD E INMEDIATEZ necesario en trámites de acciones de tutela, por las razones expuestas en la parte motiva del presente asunto. Se ORDENA a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL a la publicación de esta SENTENCIA en la página web de la entidad, a fin de NOTIFICAR el contenido del presente proveído a terceros, dentro de la OPEC 184972 en el marco de la convocatoria- Proceso de Selección No. No. 2150 a 2237 de 2021, 2316 y 2406 de 2022– DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES.
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