Procedencia de las reclamaciones de los resultados de la Verificación de Requisitos mínimos del Proceso de selección 2667, modalidad Ingreso y Ascenso.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo No. 205 de 2024 y el numeral 3.4 de su Anexo, la Comisión Nacional del Servicio Civil y Consorcio DIAN 2667, informa a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección DIAN 2667, que de conformidad con lo establecido el numeral 3.5 del Anexo del Acuerdo de convocatoria y el artículo 12 del Decreto 760 del 2005, solo los aspirantes NO admitidos al proceso de selección DIAN 2667, están habilitados en el Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad- SIMO, para presentar reclamaciones frente a su inadmisión.

Ahora bien, a los aspirantes admitidos al proceso de selección DIAN 2667, se les informa que las observaciones o desacuerdos que tengan sobre la validación de sus documentos en la fase de Verificación de los Requisitos Mínimos, en cuanto que esta pueda afectar presuntamente la puntuación de su Prueba de Valoración de Antecedentes, podrán ser objeto de reclamación contra los resultados de dicha Prueba.

NOTA: Se recuerda a los aspirantes inscritos en el Proceso de Selección DIAN 2667, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo del presente Proceso de Selección, la Verificación de los Requisitos Mínimos no es una prueba ni un instrumento de selección, sino una condición obligatoria de orden constitucional y legal, que de no cumplirse genera el retiro del aspirante en cualquier etapa del proceso de selección.

Convocatoria asociada
Tipo de contenido convocatoria
Categorización