Cumplimiento publicación admisión tutela Norbey Aguirre

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL CIRCUITO ITAGÜÍ, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por NORBEY DE JESUS AGUIRRE OCAMPO, bajo el número de Radicación 2021-0108, Resolvió: En virtud de la competencia otorgada por los artículos 86 de la constitución política y 37 del precitado decreto, modificado por el artículo 1º del decreto 1983 de 2017 se admite la tutela.
Así mismo intégrese la litis con la Alcaldía de Caramanta, Antioquia y los elegibles de la Convocatoria de Municipios de 5ta y 6ta Categoría Alcaldía de Caramanta1 , para lo anterior se ordena a la Comisión Nacional del Servicio Civil y a la Escuela Superior de Administración Pública, que de inmediato se publique en la página web de cada entidad, la existencia de esta acción constitucional con el respectivo traslado, a fin de que los terceros con interés, puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción en el término ya fijado.
 

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