Cumplimiento publicación admisión tutela Mary Gonzalez

Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO SINCELEJO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por MARY LUCIA GONZALEZ BRICEÑO, bajo el número de Radicación 2021-00070, Resolvió: PRIMERO: NO TUTELAR los derechos invocados dentro de la presente acción de tutela por la señora MARY LUCIA GONZALEZ BRICEÑO, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: NEGAR la coadyuvancia de los señores Said Samuel Vergara Urango y Jhovani Romero Lazaro, por las razones arriba expuestas. TERCERO: SOLICITAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y a la GOBERNACIÓN DE SUCRE, en ejecución del principio de colaboración armónica, notifique esta sentencia a todas las personas que integran las lista de elegibles, para proveer el cargo de auxiliar administrativo grado 13 código 407 identificado con el Código OPEC No. 78075 de la GOBERNACIÓN DE SUCRE, así como a las personas que actualmente se encuentran ocupando dichas vacantes, igualmente publicar esta providencia en las respectivas páginas web.

Tipo de contenido convocatoria
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