Se informa que el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA, en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por YEIDER DANILO CASTILLO LONDOÑO, bajo el número de Radicación 2022-00004, Resolvió: PRIMERO: NO TUTELAR los derechos fundamentales, igualdad, debido proceso, derecho al trabajo y acceso a la carrera administrativa invocados por el señor YEIDER DANILO CASTILLO LONDOÑO como conculcados por la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ? CNSC y la UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER, por las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
COMISIONAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, para que efectué la notificación de la sentencia de fecha veintisiete (27) de enero de dos mil veintidós (2022) a los vinculados al contradictorio, esto es, las personas que se encuentra inscritas dentro del Proceso de Selección Entidades de la RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL Y CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES 2020 por el medio más expedito, con el fin de que ejerzan su derecho a la defensa y contradicción si lo consideran necesario y alleguen a esta unidad judicial las pruebas que así lo acrediten.
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