Se informa que el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ENVIGADO en conocimiento de la acción de tutela, instaurada por ALEJANDRO GARCES MARTINEZ, con radicado número 05266311000220230046800, Resolvió: PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela incoada por ALEJANDRO GARCÉS MARTÍNEZ, en contra de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVL ? CNSN, representada legalmente por el Doctor Mauricio Liévano Bernal, o por quien haga sus veces y el MUNICIPIO DE ENVIGADO, representado legalmente por el Dr. Braulio Espinoza Márquez, o por quien haga sus veces, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Se ordena a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ya la MUNICIPIO DE ENVIGADO, publicar la presente decisión en sus respectivas páginas WEB, a fin de que los terceros interesados en el Concurso de Méritos convocado mediante Acuerdo No. CNSC ? 20191000001396 del 04 de marzo de 2019, Acuerdo No. CNSC - 2073 del 9 de septiembre de 2021 que convocó a PROCESOS DE SELECCIÓN TERRITORIAL 2019 - ALCALDIA DE ENVIGADO; así mismo, a las personas que integran la lista de elegibles para el cargo denominado PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 219, Grado 4, identificado con el número OPEC No. 41215, PROCESOS DE SELECCIÓN TERRITORIAL 2019 - ALCALDIA DE ENVIGADO, del Sistema General de Carrera Administrativa, queden notificados de esta decisión, requiriendo a la entidad para que adjunte prueba de dicha publicación y obre como prueba al interior de la presente acción de tutela.