Cumplimiento publicación tutela IVÁN AUGUSTO TORO GIRALDO
SE INFORMA QUE EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGO (VALLE DEL CAUCA),, DENTRO DE LA ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR IVÁN AUGUSTO TORO GIRALDO, BAJO EL RADICADO NO.
SE INFORMA QUE EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGO (VALLE DEL CAUCA),, DENTRO DE LA ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR IVÁN AUGUSTO TORO GIRALDO, BAJO EL RADICADO NO.
Por la cual se decide la Actuación Administrativa iniciada mediante el Auto Nro. 345 del 10 de septiembre del 2025 frente a la Solicitud de Exclusión de la señora FRANCIA ESTELA DUQUE CALVO de la Lista de Elegibles conformada para la OPEC No. 205416, presentada por la Comisión de Personal de la SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE, en el marco del Proceso de Selección No. 2506 de 2023 – Superintendencias
Por el cual se decretan unas pruebas para decidir una Actuación Administrativa iniciada mediante Auto Nro.262 del 21 de agosto de 2025 frente a la Solicitud de Exclusión de la Lista de Elegibles conformada para la OPEC 207330, presentada por la Comisión de Personal de la Superintendencia de Notariado y Registro, en el marco del Proceso de Selección No. 2502 de 2023 Superintendencias
“Por el cual se decide una Actuación Administrativa iniciada mediante el Auto Nro. 303 del 29 de agosto de 2025 a NELCY DEINIR SUAREZ RAMIREZ, frente a la Solicitud de Exclusión de la Lista de Elegibles conformada para la OPEC No. 205363, presentada la Comisión de Personal de la Superintendencia de Transporte, en el marco del Proceso de Selección No. 2506 de 2023 – Superintendencias”
Se informa que el Juzgado Cuarenta y Siete Administrativo del Circuito de Bogota D.C en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00294-00, instaurada por el señor(a) Freddy Ernesto Ramírez Rodríguez, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2022, OPEC 198430 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Conocimiento de Zipaquira en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00347-00, instaurada por el señor(a) Diana Lizeth López Fonseca, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2022, OPEC 198359 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Cuarenta Civil del Circuito de Bogotá D.C , en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00601-00, instaurada por el señor(a) Antonio Andrés Ayola Castillo, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2022, OPEC 198484 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Cartagena , en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00133-00, instaurada por el señor(a) Mary Yulieth Payares, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2022, OPEC 198251 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Primero de Familia de Popayan, en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00414-00, instaurada por el señor(a) José Fernando Rengifo Alvear, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2022, OPEC 198414 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se informa que el Juzgado Sesenta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial , en el ejercicio de la Acción de tutela No. 2025-00447-00, instaurada por el señor(a) Carlos Fernando Guerrero, ordena a la CNSC publicar Auto en un lugar visible de su página web, todo esto con la finalidad de que los aspirantes del Proceso de selección DIAN 2667, OPEC 225561 tengan conocimiento de la presente acción y puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.