Acciones constitucionales 11 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE JERICO ANTIOQUIA , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por VERONICA CATALINA RIOS MEJIA, bajo el número de Radicación 2020-00005, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con de Notificar a los aspirantes a la Convocatoria Territorial 2019, para proveer definitivamente los empleos vacantes al Municipio de Jericó, que puedan verse involucrados o afectados con la correspondiente decisión.

Acciones constitucionales 10 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SINCELEJO, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por ALFREDO ANTONIO GARRIDO MARTINEZ Y OTROS, bajo el número de Radicación 2020-00001, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de poner en conocimiento a los inscritos en la convocatoria numero 1124 de 2019- ALCALDÍA DE SINCELEJO.

Acciones constitucionales 9 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN BENITO ABAD - SUCRE, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SINDY MILETH ORTEGA LARIOS, bajo el número de Radicación 2019-00245, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de poner en conocimiento a los inscritos en la convocatoria 990 a 1131, 1135, 1136, 1306 a 1332 de 2019 - Convocatoria Territorial 2019.

Acciones constitucionales 8 - 990 a 1131

AUTO No.20192110019484 Por medio del cual se deja sin efectos el Auto No. 20192110019354 del 02 de diciembre de 2019, con ocasión de la Sentencia proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Montería - Córdoba, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Elizabeth Vega Martínez y Otros, en el marco de la Convocatoria 1094 de 2019 Territorial 2019.

Documento asociado

Acciones constitucionales 7 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SINCELO - SUCRE , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por JORGE MANUEL ARENAS CARDENAS, bajo el número de Radicación 2019-00061, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de poner en conocimiento a los inscritos en la convocatoria numero 1124 de 2019- ALCALDÍA DE SINCELEJO.

Acciones constitucionales 6 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SINCELO - SUCRE , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por KARINA CANDELARIA CONDE FLOREZ, bajo el número de Radicación 2019-00062, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de poner en conocimiento a los inscritos en la convocatoria numero 1124 de 2019- ALCALDÍA DE SINCELEJO.

Acciones constitucionales 5 - 990 a 1131

Auto No.20192110019374 Por medio del cual se da cumplimiento a la Orden Judicial proferida por el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo - Sucre, dentro de la Acción de Tutela promovida por el Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú, en el marco de la Convocatoria 1124 de 2019 - Territorial 2019

Documento asociado

Acciones constitucionales 3 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO 9 LABORAL DE MEDELLÍN , en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SANDRA LENNY GOMEZ GARCIA, bajo el número de Radicación 2019-00694, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de la Convocatoria No. 990 de 2019.

Acciones constitucionales 2 - 990 a 1131

Se informa que el JUZGADO TERCERO PENAL DEL CIRCUITO TRANSITORIO DE MOCOA, en conocimiento de la acción de tutela instaurada por SINITRAPROPUTUMAYO, bajo el número de Radicación 2019-00208, ordenó a la CNSC publicar la admisión de la presente acción constitucional con ocasión de poner en conocimiento a los inscritos en la convocatoria numero 1329 de 2019. advirtiendo que cuentan con un termino improrrogable de dos (2) días .a fin de realizar cualquier tipo de salvedad 0 allegue las pruebas que pretenda hacer valer dentro del tramite constitucional.