¿Cómo procede la Entidad para nombrar en periodo de prueba al elegible que ocupo la posición meritoria en el concurso, teniendo en cuenta los literales anteriores?
En relación a los servidores públicos nombrados en provisionalidad en situaciones de debilidad manifiesta como lo son las madres y padres cabeza de familia, los pre-pensionados y los discapacitados, la Corte Constitucional ha establecido que cuando una autoridad nominadora en el cumplimiento de sus funciones deba adoptar una decisión en materia de provisión de cargos de carrera administrativa, debe hacerlo en cumplimiento de los principios de razonabilidad y proporcionalidad con el fin de evitar vulneraciones de sus derechos fundamentales. Así la referida Corporación ha sostenido: